JUBILACION, EFECTOS DE LA.
La jubilación de un trabajador hace cesar el contrato de trabajo que tenía celebrado con un patrono, y es la única liga que subsiste entre ambos, es la obligación, por parte del patrono, de pagar la pensión a que su antiguo obrero tiene derecho, de acuerdo con el contrato de trabajo, dentro del cual realizó sus prestaciones el jubilado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382296-3ec476be/jubilacion-efectos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4941/33. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 21 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Xavier Icaza.
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