AGRAVIOS EN EL AMPARO.
Si en un juicio de amparo se alega como agravio, que una Junta de Conciliación y Arbitraje no recibió una prueba que, para mejor proveer, fue solicitada por una de las partes en el conflicto, y que debía consistir en la comparación que habría de hacerse entre los horarios de que anteriormente disfrutaba el trabajador, con los que actualmente se encuentran en vigor, no es de tomarse en consideración dicho agravio, si no consta que se haya hecho valer en la demanda de amparo en contra del laudo de referencia, y esa demanda se endereza exclusivamente contra dicho laudo, sin que se hubiera reclamado contra la prueba que omitió la Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382768-1334a3b4/agravios-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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