AMPARO, PROCEDENCIA DEL.
Dos son las condiciones que deben concurrir para la negativa del amparo: que el quejoso no compruebe las violaciones que reclama y que la autoridad responsable pruebe a su vez que no ha violado ninguna garantía constitucional; por lo que si el primero comprueba esas violaciones en virtud de que la autoridad responsable las confiesa, y ésta, ninguna prueba rinde para demostrar que no ha violado las garantías constitucionales que sirven de base a la demanda, porque en su informe no justifica que sus actos están arreglados a la ley, es claro que procede la concesión del amparo por este concepto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383059-58bae060/amparo-procedencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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