JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
Si la demanda se da por contestada en sentido afirmativo y, con posterioridad la Junta de Conciliación y Arbitraje dicta resolución estableciendo que las partes están conformes con los hechos materia de la reclamación, el laudo que se pronuncie sólo puede ocuparse de esos hechos, dándolos por probados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383476-166c4f22/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2127/33. Rocha Heliodoro. 20 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.
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