DESPIDO INJUSTIFICADO.
Debe condenarse a la indemnización constitucional de tres meses de salarios, por separación injustificada del trabajo, si el trabajador justifica el despido y no existe prueba sobre la justificación que hubiese tenido el patrono para separarlo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383488-a61d17b8/despido-injustificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1019/26. Alianza Comercial Cooperativa, S. C. L. 21 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.
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