JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
Como tribunales de conciencia que fallan a verdad sabida, no están obligadas a sujetarse a las ritualidades de la ley del procedimiento civil, ni en la apreciación de las pruebas, ni en los términos de redacción de sus resoluciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383502-9c647914/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1637/27. Vázquez José Ramón. 23 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.
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