JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION, COMPETENCIA DE LAS.
Cuando el conflicto surja entre trabajadores y una empresa de concesión federal, la competencia toca a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con el artículo 358 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383814-18710eaf/juntas-federales-de-conciliacion-competencia-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 177/31. Suscitada entre la Juntas, Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca y Federal de Conciliación y Arbitraje. 19 de septiembre de 1932. Unanimidad de 11 votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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