JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
El Reglamento de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, deja al prudente arbitrio de estas juntas, la estimación de los hechos que se desprendan de las pruebas rendidas en los negocios de su competencia, o lo que es lo mismo, quiere que hagan la deducción de acuerdo con lo que su conciencia, buena fe y principios de equidad exijan, y, al mismo tiempo, los confiere plena soberanía para apreciar, discrecionalmente, dichas probanzas, sin que esto implique que, a pretexto de esta soberanía, se puedan desentender de las pruebas qué aparezcan en los autos, o que supongan otras, o den por existentes hechos, sin pruebas en que descansen; pues cuando tal hacen, incurren en una violación de garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384017-87ab4b01/juntas-federales-de-conciliacion-y-arbitraje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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