Corpus
Modo: Corpus Pro

JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 384057 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2033

Disponiendo el artículo 89 reformado, del Reglamento de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, que todos los actos del ejecutor serán revisados, sea de oficio o a petición de parte, por el presidente de la Junta, quien podrá revocarlos o modificarlos, según lo creyere justo, es improcedente conceder la suspensión contra dichos actos de ejecución, puesto que el agraviado tiene expedito el derecho de ocurrir ante el citado presidente de la Junta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384057-6f0429fe/juntas-federales-de-conciliacion-y-arbitraje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1392/29. Sociedad "Cámara y Alverdi". 23 de noviembre de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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