ADUANAS, OBLIGACIONES DE LOS ALMACENISTAS DE LAS, EN CUANTO A LA CALIDAD DE LAS MERCANCIAS.
No existe disposición legal alguna que obligue a los almacenistas de aduanas a cerciorarse previamente de la calidad de las mercancías que reciben en los almacenes a su cargo; y si a unos solamente les entregaron determinado número de mercancías, sin hacerse constar en la entrega la calidad de las mismas y al hacerse el último reconocimiento se encontró el mismo número de piezas, aunque de supuesta calidad inferior, se llega a la conclusión de que no hay base para fincar responsabilidad en contra de dichos almacenistas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384195-ec5d736e/aduanas-obligaciones-de-los-almacenistas-de-las-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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