IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL.
La circunstancia de que en determinado momento las personas que percibieron sueldo o gratificación hayan tenido el carácter de funcionarios, no es obstáculo para que las percepciones por tal concepto recibidas sean indebidas, y menos cuando el artículo 39 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su fracción V, no exige la prueba de que el empleado o funcionario haya desempeñado su cargo durante al lapso total que comprende la manifestación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384432-633be15d/impuesto-sobre-la-renta-deducciones-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 59/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público ("San Alfonso", S. A.). 24 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCION DE SUELDOS PARA LOS EFECTOS DEL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES SOBRE SUELDOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA DEDUCIR SUELDOS Y SALARIOS, DEBE JUSTIFICARSE EL PAGO DE CUOTAS AL SEGURO SOCIAL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES POR GASTOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis