COOPERATIVAS (IMPUESTO SOBRE UTILIDADES EXCEDENTES).
Las cooperativas de producción no están exentas del impuesto sobre utilidades excedentes, ya sea que se considere, o no, que éste tiene la misma naturaleza y caracteres que el tributo que grava la renta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384510-448de083/cooperativas-impuesto-sobre-utilidades-excedentes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 193/54. Procuraduría Fiscal de la Federación (Manufacturera de Cemento Portland, "La Cruz Azul", S.C.L.). 5 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.
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