COOPERATIVAS, IMPUESTOS A LAS.
Es cierto que en sentido estricto, las cooperativas no perciben utilidades; pero como los socios reciben prestaciones en especie, que son equiparables a dividendos obtenidos, es inconcuso que debe pagar el impuesto relativo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322897-4dd75177/cooperativas-impuestos-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7549/49. "Ferrocarril Eléctrico de Lerdo a Torreón", S.C.L. 7 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Nicéforo Guerrero.
Jurisprudencia relacionada
- COOPERATIVAS, EXENCION DE IMPUESTOS A LAS. (s/clave)
- COOPERATIVAS (IMPUESTO SOBRE UTILIDADES EXCEDENTES). (s/clave)
- COOPERATIVAS, EXENCION DE IMPUESTOS A LAS. (s/clave)
- COOPERATIVAS (NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA). (s/clave)
- COOPERATIVAS, IMPUESTOS A LAS. (s/clave)
- COOPERATIVAS, EXENCION DE IMPUESTOS A LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis