Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ADUANAS, COMPETENCIA DE LA DIRECCION DE, PARA RESOLVER LAS INCONFORMIDADES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 384828 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1442

El artículo 434 de la Ley Aduanal establece que, salvo los casos en que haya disposición expresa que otorgue competencia a otra autoridad administrativa, corresponderá a la Dirección de Aduanas resolver todas las inconformidades que se hagan valer contra las resoluciones dictadas por las aduanas dentro de cualquier fase de la operación. El mencionado artículo no hace ninguna distinción entre las resoluciones referentes a impuestos aduanales y las relativas a gravámenes de otra índole, y no hay norma legal que de modo expreso le atribuya a la Dirección de Impuestos Interiores la facultad de revisar los acuerdos de las oficinas aduanales. En estas condiciones resulta intrascendente cuál sea la naturaleza del impuesto que pretenda cobrar la aduana en la resolución contra la cual la parte actora se inconformó ante la Dirección General de Aduanas. Aun en el supuesto de que, no tratándose de un tributo de carácter aduanal, sólo por comodidad se haya encomendado a las aduanas su percepción, de todas maneras, cabe concluir la aplicabilidad del mencionado artículo 434, y por lo mismo, la Dirección General de Aduanas, debe tramitar y resolver la inconformidad propuesta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384828-fd4a327c/aduanas-competencia-de-la-direccion-de-para-resolver · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo CXXIII, página 2300. Indice Alfabético. Revisión fiscal 324/51. Dirección General de Aduanas (Boleo Estudios e Inversiones Mineras, S. A.). 17 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Relator: Mariano Azuela. Tomo CXXII, página 1442. Revisión fiscal 78/52. Procuraduría Fiscal de la Federación (Boleo-Estudios e Inversiones Mineras, S. A.). 8 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega. Tomo CXXIII, página 2300. Indice Alfabético. Revisión fiscal 208/51. Procuraduría Fiscal de la Federación (Boleo Estudios e Inversiones Mineras, S. A.). 8 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis