PAGO, PRUEBA DEL.
Es razonable considerar que tratándose de un pago que se dice hecho contra recibo, si este último no se exhibe, ni se da ninguna explicación para tal omisión, e inclusive hay la circunstancia de que cuando fue exhibido en un juicio penal, la contraria lo objetó de falsedad, la información de testigos no es apta para demostrar la ocurrencia de dicho pago.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385409-c96bb22f/pago-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4224/49. Sánchez Ortega Juan. 17 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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