PAGO, PRUEBA DEL.
Si el vendedor reconoce que de la suma que reclama, debe deducirse determinada cantidad de la que se da por recibido, no puede la autoridad judicial, menospreciado esta prueba proporcionada por el propio actor, condenar al demandado a pagar una cantidad mayor de la exigida por el demandante, u obligarlo a rendir cuenta justificada de la inversión de esa cantidad, para poderla tener como deducida del precio de la cosa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358079-d6a9d8b9/pago-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2195/36. Aranzábal Victoriano. 10 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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