COMPRAVENTA, PRECIO DE LA.
Asentado por el comprador a plazos, que ha pagado todo el precio, el monto de éste, debe quedar comprobado si en el procedimiento respectivo la actitud del vendedor es evasiva, pues primero niega la operación y después la impugna de nulidad y por último declara que el comprador nada le debe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385981-b25e40ce/compraventa-precio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 10292/49. García Raymundo S. 6 de febrero de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Azuela y Felipe Tena Ramírez. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Engrose: Rafael Matos Escobedo.
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