CONFESION FICTA, EN MATERIA MERCANTIL.
El contenido de la confesión ficta tiene el valor demostrativo de una presunción juris tantum que puede ser desvirtuada por medio de pruebas que la contraríen, por lo cual no debe ser tomada en cuenta cuando está contradicha por una manifestación expresa y categórica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385765-42b7f3d8/confesion-ficta-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4078/41. Santoyo Manuel. 26 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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