TESTIGOS, PRUEBA DE.
Si las razones que la Sala responsable tuvo en cuenta para dar fuerza probatoria a un testimonio, no parecen contrarias a la lógica ni a los hechos, deben respetarse por el tribunal de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386095-6c801414/testigos-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 7456/50. Marqués Castañer Juan. 18 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Matos Escobedo y Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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