ROBO.
Falta de prueba de que el apoderamiento no fue para apropiarse la cosa. No es violatoria de garantías la sentencia que condenó por el delito de robo, si durante el proceso quedó plenamente probado el apoderamiento de cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que podía disponer de ella conforme a la ley, y no existe prueba alguna de que se haya tomado de la cosa ajena con carácter temporal y no para apropiársela.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386985-fde5243f/robo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5309/55. Juan de Dios Moll Casas. 27 de marzo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Jurisprudencia relacionada
- ROBO. (s/clave)
- ROBO. (s/clave)
- ROBO, TENTATIVA EN EL DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, CONFIGURACION DEL DELITO DE, Y NO DE ROBO. (s/clave)
- ROBO. (s/clave)
- FRAUDE, CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE, Y NO DE ROBO.- (4535)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis