Corpus
Modo: Corpus Pro

TITULOS DE CREDITO. MENCION DE LA RELACION CAUSAL EN LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 387777 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1956; Pág. 44

En virtud de la autonomía de los títulos de crédito, la mención en cualquier forma de la causa que les haya dado origen no puede perjudicarlos, ni transformar la obligación incondicional de pagar la suma que en ellos se fija, en una obligación condicionada a los términos que se deriven de la relación causal, sin perjuicio de las excepciones personales que el demandado tenga contra el actor. Frecuentemente en los títulos valores se hace referencia no sólo a la relación causal, sino también a otros hechos que de alguna manera las partes han querido relacionar con los propios títulos, mas tales circunstancias, como se ha observado, no cambian ni afectan su naturaleza o esencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/387777-cd1f7987/titulos-de-credito-mencion-de-la-relacion-causal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4027/55. David Zamora Vallejo. 20 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.