DROGAS ENERVANTES. TOXICOMANOS.
La circunstancia de que la cantidad de droga que fue encontrada en poder del reo, no sólo resultaba suficiente para satisfacer su viciosa inclinación, sino que era en cantidad excesiva, y estando probado que se destinaba al tráfico, ello determina la punibilidad de la conducta desplegada por él, contra su salud personal, y porque colocaba en peligro la salud pública con el tráfico de la droga, siendo como es el delito contra la salud de los que la doctrina señala como de peligro y no de resultado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801132-467273fc/drogas-enervantes-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4535/59. Carlos Valles Saldaña. 4 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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