CONDENA CONDICIONAL.
La sanción condicional no es un derecho del acusado, sino una facultad discrecional del juzgador y, para que proceda, debe tomarse en cuenta el índice de peligrosidad que revela el solicitante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801290-1eebc920/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6489/60. Agripino Padilla Rodríguez. 22 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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