DESPOJO.
Como esta figura delictiva es protectora de la posesión y no precisamente de la propiedad, no se requiere que el ofendido compruebe su calidad de dueño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801413-e7b24283/despojo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2614/59. Cipriano Méndez. 28 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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