ACCION REIVINDICATORIA, SUBSISTENCIA DE LA.
La acción reivindicatoria es imprescriptible y se mantiene potencialmente viva durante todo el tiempo que subsiste el dominio, ya que sería inconcebible que alguien, manteniendo intacto su derecho de propiedad, no pudiera reclamar la entrega de lo que es suyo, rescatándolo de manos de terceros. Cosa distinta sería que el actor hubiera perdido la propiedad por virtud de haberse operado la usucapión a favor del poseedor, porque entonces la carencia de acción reivindicatoria no derivaría de haberse extinguido por prescripción negativa dicha acción, sino de haber dejado el actor de ser propietario del inmueble, lo cual es muy distinto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801473-085929a2/accion-reivindicatoria-subsistencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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