Corpus
Modo: Corpus Pro

MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO (LEGISLACION DE SONORA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 801475 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 139

Es evidente que no quedan comprobados en autos el miedo grave o temor fundado, si no existe al respecto constancia alguna que permita suponer la concurrencia, con el hecho delictuoso, de tal situación psicológica que lo colocara en un estado de incapacidad para entender y querer, tanto la acción como su resultado y, menos aún, la existencia de un peligro real o inminente que fundara el temor a que se refiere la fracción IV del artículo 13 del Código Penal del Estado de Sonora.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801475-74e7a976/miedo-grave-o-temor-fundado-legislacion-de-sonora · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1234/60. Teófilo Hurtado Yocupicio. 1o. de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

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