PETROLEROS. DERECHOS DE PREFERENCIA A LA ESPOSA E HIJOS DEL TRABAJADOR JUBILADO.
El artículo 64, fracción III, del Estatuto General del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, que confiere derechos de preferencia a la esposa e hijos del trabajador que deja de laborar a virtud de su jubilación, no se opone a disposición legal o contractual alguna, pues proviene de los derechos de protección familiar que implica el contrato de trabajo, y de los adquiridos por el obrero durante la prestación de servicios, procurando que las afectaciones de orden económico para la familia, por la muerte del trabajador, sean menores, concediendo al familiar que corresponda un medio de obtener elementos para la supervivencia familiar. Por tal razón, la Cuarta Sala de la Suprema Corte ha venido sustentando el criterio de que la preferencia de los familiares se funda en la antigüedad del trabajador de planta fallecido, en su calidad de jefe de familia, y que tal preferencia constituye uno de los efectos producidos por el contrato de trabajo en relación con el titular del mismo, el cual debe considerarse de mayor entidad que el derecho personal de su trabajador supernumerario que ha prestado servicios a virtud de proposición sindical.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801524-f34d9884/petroleros-derechos-de-preferencia-a-la-esposa-e · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PETROLEROS. DERECHOS DE PREFERENCIA A LA ESPOSA E HIJOS DEL TRABAJADOR JUBILADO. (s/clave)
- PETROLEROS, PREFERENCIA INOPERANTE A LOS FAMILIARES DE LOS, EN CASO DE JUBILACION, FRENTE A TRABAJADORES CON SERVICIOS MAS ANTIGUOS. (s/clave)
- PETROLEROS, PREFERENCIA INOPERANTE A LOS FAMILIARES DE LOS, EN CASO DE JUBILACION, FRENTE A TRABAJADORES CON SERVICIOS MAS ANTIGUOS. (s/clave)
- PETROLEROS, PREFERENCIA INOPERANTE A LOS FAMILIARES DE LOS, EN CASO DE JUBILACION, FRENTE A TRABAJADORES CON SERVICIOS MAS ANTIGUOS. (1031)
- PETROLEROS, PREFERENCIA INOPERANTE A LOS FAMILIARES DE LOS, EN CASO DE JUBILACIÓN, FRENTE A TRABAJADORES CON SERVICIOS MÁS ANTIGÜOS-[TESIS HISTÓRICA].- (49 (H))
- PETROLEROS, PREFERENCIA INOPERANTE A LOS FAMILIARES DE LOS, EN CASO DE JUBILACIÓN, FRENTE A TRABAJADORES CON SERVICIOS MÁS ANTIGUOS [TESIS HISTÓRICA]. (62 (H))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis