CONTRATO DE TRABAJO, TERMINACION VOLUNTARIA DEL.
Cuando el convenio de transacción se refiere al caso de terminación voluntaria del contrato de trabajo (fracción I del artículo 126 de la ley laboral), el acto jurídico es correcto y legal en sí, y sólo podría anularse demostrando que han existido vicios de la voluntad que determinan su ineficacia jurídica o que concurre alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 123 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801840-7634c3e5/contrato-de-trabajo-terminacion-voluntaria-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5652/56. Sidronio Balderas y coagraviados. 5 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.
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