FIANZAS. ACUERDO QUE ORDENA HACERLAS EFECTIVAS.
Desde el punto de vista fiscal, el acuerdo que ordena hacer efectiva una fianza es un auto de mandamiento en forma, o sea de ejecución, así que procesalmente esta clase de acuerdos no es necesario que se notifiquen previamente a su cumplimiento, sino que los mismos se hacen del conocimiento de los interesados en el momento de su ejecución. Además, no hay que olvidar que el acuerdo que manda hacer efectiva una fianza no es sino la consecuencia del requerimiento que se hizo a una compañía de fianzas para que presentara a su fiado, según se desprende del artículo 573 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, y si la diligencia se entendió personalmente con la compañía fiadora, es claro que ésta tiene ya conocimiento de que está sujeta al procedimiento legal tendiente a hacer efectiva la garantía que otorgó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801870-f0ca051a/fianzas-acuerdo-que-ordena-hacerlas-efectivas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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