SEGURO SOCIAL, EXENCION DE IMPUESTOS AL.
El Instituto Mexicano del Seguro Social es un organismo descentralizado, encargado de un servicio público nacional, que juntamente con sus dependencias y servicios, goza de exención de impuestos, así provengan éstos de la Federación, Estados, Departamento del Distrito Federal o Municipios, según categórica prevención del artículo 123 de la Ley del Seguro Social. Ahora bien, dentro de las facultades que el artículo 13 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal le atribuye a la Tesorería del D. F., para cancelar créditos fiscales, no se comprende ni de dicho precepto se deriva, la de que la exención de impuestos de que goza el Instituto Mexicano del Seguro Social de acuerdo con la diversa ley del seguro mencionada, deba ser reconocida y declarada por aquella dependencia, pues tal exención opera plenamente por disposición legal expresa, sin que su eficacia dependa de previo reconocimiento por parte de la autoridad exactora, la que simplemente esta impedida de gravar con impuestos a la institución de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801972-99f11e07/seguro-social-exencion-de-impuestos-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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