PRUEBA PRESUNTIVA.
La prueba circunstancial está basada sobre le inferencia o el razonamiento y tiene como punto de partida hechos o circunstancias que están probados y de los cuales se trata de desprender su relación con el hecho inquirido; esto es, una incógnita por determinar, ya un dato por completar, ya una hipótesis por verificar, lo mismo sobre la materialidad del delito que sobre la identificación del culpable y acerca de las circunstancias del acto incriminado. De ahí su carácter indirecto. Desde este punto de vista, la Primera Sala de la Corte ha sustentado el criterio de que cuando los indicios de cargo están enderezados en una sola dirección, que excluye la posibilidad de que persona distinta del acusado hubiera causado la muerte de la víctima, entonces la prueba indiciaria resulta importante jurídicamente para finca la responsabilidad del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802375-a08ec846/prueba-presuntiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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