AMPARO, DIAS HABILES PARA LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA DE.
Cuando se suspendan las labores en los tribunales obreros, el día o días en que ocurran estas suspensiones no podrán tomarse como hábiles para los efectos del artículo 21 de la Ley de Amparo, porque ello reduciría ese término en perjuicio del promovente de un juicio de garantías, pues no podría aprovechar el plazo completo que se le concede, bien para consultar los autos o para solicitar alguna constancia que considere necesario acompañar a su demanda, lo cual puede ocurrir en el último día hábil de que disponga para ello.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803354-e79dcc4d/amparo-dias-habiles-para-la-interposicion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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