Corpus
Modo: Corpus Pro

RESCISION, RECLAMACION DE DERECHOS POSTERIOR A LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 803355 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 96

Sin importar la fecha en que haya ocurrido la separación del actor, lo cierto es que si admitió que fue la empresa quien rescindió su contrato de trabajo, no puede estimarse una rescisión a posteriori por parte del quejoso, quien si ya estaba despedido, mal podía haber reclamado un derecho que no le correspondía para el momento en que lo intentó.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803355-4f79604a/rescision-reclamacion-de-derechos-posterior-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3691/58. Ricardo Zayas Domínguez. 9 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Angel Carvajal.

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