DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.
Independientemente de que los quejosos fueran o no propietarios del enervante que se les decomisó, si lo tuvieron dentro de su ámbito material, ello es suficiente para integrar la materialidad del delito contra la salud en la modalidad de posesión de enervantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803437-bd9ecd74/drogas-enervantes-posesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8491/60. Juan Hernández Rosendo y coagraviado. 21 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
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