DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.
La simple posesión del enervante agota el tipo delictivo, sin que sea necesario que siempre se encuentre dicha droga materialmente en las manos del imputado, ya que lo que se requiere es la posesión jurídica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802778-faff0623/drogas-enervantes-posesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 950/58. Sofía Arias Rodríguez. 9 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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