ROBO EN CASA HABITADA.
Para justificar que el robo se comete en casa habitada, no es indispensable que la autoridad dé fe del lugar en donde se cometió, sino que es bastante que de las constancias procesales aparezca que al ladrón se le encontró con el objeto robado en el interior de una casa habitada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803580-5a7fa63c/robo-en-casa-habitada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4366/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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