LEGITIMA DEFENSA INEXISTENTE.
La legítima defensa no se concibe antes de que el riesgo exista o se presente en forma que no de lugar a la inmediata iniciación de un daño, de modo que el simple ademán o actitud amenazante del sujeto atacante, no puede aceptarse como antecedente válido para el ejercicio del derecho de defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803815-a7b01e5b/legitima-defensa-inexistente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 472/62. Fidel Domínguez Islas. 22 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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