IMPROBIDAD DEL TRABAJADOR, PRUEBA DE LA.
Las resoluciones dictadas por las autoridades penales al conocer de hechos delictuosos, son independientes de la decisión a que llegue un tribunal del trabajo al conocer de causales de despido, como es la de falta de probidad y honradez; por lo que aunque no exista sentencia condenatoria pronunciada por la autoridad penal, las Juntas pueden estimar como probado que un trabajador ha dado motivo a que se rescinda su contrato de trabajo por falta de probidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804404-95eab34d/improbidad-del-trabajador-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2968/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
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