TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS.
En tratándose de la causal de separación prevista por el artículo 44, fracción V, a), del estatuto jurídico, y cuando concretamente se alegue por un titular burocrático que el empleado cuyo cese se solicita del Tribunal, incurrió en injurias en contra de un compañero, deben mencionarse los conceptos preferidos, para que la entidad juzgadora pueda calificar si teniendo en cuenta las personas y circunstancias existió efectivamente la injuria, y por lo tanto, si se está en el caso de la disposición legal citada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804860-68f4b627/trabajadores-al-servicio-del-estado-cese-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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