RETRACTACION DEL COACUSADO (TESTIMONIO DE AGENTES DE LA POLICIA).
No está demostrada la responsabilidad penal del quejoso si, descartadas las declaraciones de los coacusados, por retractación posterior, no quedan en pie más que los testimonios de los agentes que llevaron a efecto la aprehensión, que por elementos constantes en el proceso deben tenerse como interesadas y faltas de veracidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804963-5eb10800/retractacion-del-coacusado-testimonio-de-agentes-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4440/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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