POSESION, PRUEBA DE LA (INFORMACIONES AD PERPETUAM).
La constancias de una información ad perpetuam no acreditan la posesión que el quejoso afirme tener, por tratarse de pruebas testimoniales no rendidas en el juicio de amparo, con las formalidades que exige la ley, y sin dar oportunidad al tercer perjudicado, para ejercitar el derecho de repreguntar a los testigos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806269-283a1a97/posesion-prueba-de-la-informaciones-ad-perpetuam · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 5145/46. Franco Ponce Feliciano. 29 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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