SUCESIONES, NOTIFICACIONES A LAS.
Sólo las notificaciones practicadas con el albacea de las sucesiones, tanto en materia civil como administrativa, son las que tiene validez y las que deparan perjuicios. Por tanto, es improcedente la notificación hecha a los herederos o al interventor de una sucesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806437-d5a07bd7/sucesiones-notificaciones-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8072/46. Barradas Francisco, sucesión de. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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