TOXICOMANOS. CANTIDAD RACIONALMENTE NECESARIA DE DROGA.
Si se encuentra demostrado en autos que el inculpado es toxicómano, aun cuando en el dictamen médico no se hable de que la cantidad que se le recogió sea la necesaria para satisfacer su vicio, debe tomarse en consideración que el acusado confesó ser adicto a la mariguana desde hace diecisiete años y fumar cinco cigarrillos al día, por lo que los tres cigarrillos que se le encontraron con un peso total de cuarenta gramos sí puede estimarse como cantidad racionalmente necesaria para su uso personal y, por ende no habiendo delito que perseguir, según se infiere de lo establecido en los artículos 524 y 525 del Código Federal de Procedimientos Penales, tan solo se deben aplicar las medidas que la propia ley establece para el tratamiento de los toxicómanos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807151-7c096012/toxicomanos-cantidad-racionalmente-necesaria-de-droga · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DROGAS ENERVANTES TOXICOMANOS. (s/clave)
- TOXICOMANIA, PRUEBA DE LA, A FIN DE QUE OPERE LA EXCUSA ABSOLUTORIA A QUE LA LEY SE REFIERE. (s/clave)
- DROGAS ENERVANTES (POSESION DE ENERVANTES POR TOXICOMANOS). (s/clave)
- TOXICOMANOS. DESISTIMIENTO NO OBLIGATORIO DEL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXIMENTE DE TOXICOMANIA INOPERANTE. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. DROGAS ENERVANTES, EN LAS MODALIDADES DE SIEMBRA Y CULTIVO, TOXICOMANO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis