MILITARES. LA CAUSAL DE RETIRO POR EDAD LIMITE O INUTILIDAD, DEBE ACAECER CON INDEPENDENCIA Y CON POSTERIORIDAD AL MOMENTO EN QUE LA LEY DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, ENTRO EN VIGOR.
El agravio es inoperante y, por tanto ineficaz, para conducir a la revocación del fallo que se revisa. El agravio nada dice para destruir los siguientes argumentos fundamentales del fallo a revisión, que al quedar en pie son suficientes para confirmarlo. En efecto, el Juez de Distrito sostiene que como se deduce del artículo 2o., párrafo segundo, de la Ley de Retiros y Pensiones Militares, el término prescriptivo que consigna, debe comenzar a contar desde la fecha en que ocurre la causal de retiro por edad límite o inutilidad respecto de los militares que se encuentran con licencia limitada o absoluta; que en la resolución reclamada se sustentó una interpretación errónea sobre la referida disposición legal, ya que, de conformidad con su texto explícito, la prescripción no comienza a correr desde que entró en vigor la Ley de Retiros y Pensiones Militares, sino desde el momento en que acaece alguna de las causales mencionadas, que en la especie resulta inaplicable el párrafo segundo del precepto legal citado, toda vez que la causal de retiro por edad límite, cronológicamente no podía ni pudo ocurrir a partir de la fecha en que la Ley de Retiros y Pensiones Militares entró en vigor, o sea desde el 15 de enero de 1956, por haberse registrado con mucha anterioridad a ella y que, finalmente, el texto del propio precepto indica que la causal de retiro por edad límite o inutilidad debe acaecer con independencia y con posterioridad al momento en que el ordenamiento mencionado entró en vigor, pues el citado artículo 2o. no alude a las causales que ya hubieren tenido lugar con anterioridad a tal momento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807315-30dc335b/militares-la-causal-de-retiro-por-edad-limite · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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