PROPIEDAD, TUTELA DEL AMPARO CON RESPECTO AL DERECHO DE.
El derecho de propiedad, al igual que el de posesión, se encuentra tutelado por el artículo 14 de la Constitución Federal, por lo que, para sólo los efectos del amparo, es decir, sin definir de un modo absoluto sobre aquel derecho, que previamente debe ventilarse en el juicio contradictorio que proceda, la Suprema Corte puede ocuparse de él y amparar a quien sea perturbado en el ejercicio del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807772-4b68bfc9/propiedad-tutela-del-amparo-con-respecto-al-derecho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2972/44. Ruiz de Suárez Raquel. 15 de agosto de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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