PEQUEÑA PROPIEDAD, DEVOLUCION DE LA.
Ninguna disposición legal faculta al jefe del Departamento Agrario para desconocer, de propia autoridad y sin forma alguna de juicio, la validez de las resoluciones presidenciales que ordenan la devolución de tierras a los pequeños propietarios que han sido indebidamente afectados, ya que el presidente de la República es la suprema autoridad en materia agraria y sus dictados no pueden quedar al arbitrio de autoridades jerárquicamente inferiores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808037-93bc6ac8/pequena-propiedad-devolucion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7435/42. González de Cosío José y coagraviados. 6 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.
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