PATRONO SUSTITUTO, DECLARACION DE.
Si se dictó laudo condenatorio en contra de un patrono, y se pretende ejecutar contra el patrono sustituto, no es cierto que ante la Junta tenga que iniciarse una reclamación idéntica a la que se siguió en contra del patrono sustituto, ni menos que dicha reclamación deba seguirse por todos sus trámites; sino exclusivamente por cuanto que para que pueda legalmente ejecutarse en su contra el referido laudo, la Junta debe previamente tramitar el incidente de sustitución de patrono y hacer la declaración que corresponda, conforme a la apreciación de hechos y estimación de pruebas que, para ese efecto, se sometan a su consideración .
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808084-1fcf2f3e/patrono-sustituto-declaracion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PATRONO SUSTITUTO, DECLARACION DE. (s/clave)
- PATRONO SUBSTITUTO, DECLARACION DE. (s/clave)
- PATRONO SUSTITUTO, AMPARO CONTRA LA DECLARACION DE. (s/clave)
- PATRONO SUSTITUTO, AMPARO CONTRA LA DECLARACION DE. (s/clave)
- PATRONO SUSTITUTO, AMPARO DIRECTO CONTRA LA DECLARACION DE. (s/clave)
- PATRÓN SUSTITUTO, AMPARO CONTRA LA DECLARACIÓN DE.- (351)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis