ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRESCRIPCION TRATANDOSE DE LAS (SILICOSIS).
La Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sostenido la tesis de que cuando el obrero interesado declara conocer con toda certeza que padece silicosis, así como la fecha en que se inició ese padecimiento, desde la misma debe computarse el término de la prescripción, para reclamar la indemnización correspondiente por la incapacidad que le produjo la mencionada enfermedad, sin que importe que con posterioridad se hubieran extendido los certificados médicos respectivos, pues si los síntomas silicósicos del obrero, ya habían sido determinados por éste, con gran anterioridad, desde entonces estuvo en posibilidad de hacer valer sus derechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808092-736bc3bc/enfermedades-profesionales-prescripcion-tratandose-de-las-silicosis · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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