TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO (EMPLEADOS DE CONFIANZA).
El hecho de que los testigos de la empresa demandada, sean empleados de confianza de la misma, no es inconveniente alguno para que se tome su dicho en consideración, con el valor probatorio que corresponda, pues la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia ha establecido que no es motivo de tacha, que los testigos trabajen en la misma factoría.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808287-d9d68d95/testigos-en-materia-de-trabajo-empleados-de-confianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3444/42. "La Barmenia", S. A. 26 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS EMPLEADOS DE CONFIANZA. LAS EMPRESAS PUEDEN PRESENTARLOS. (s/clave)
- TESTIGOS. EMPLEADOS DE CONFIANZA. (s/clave)
- TESTIGOS EMPLEADOS DE CONFIANZA. (s/clave)
- TESTIGOS TRABAJADORES EMPLEADOS DE CONFIANZA. (s/clave)
- EMPLEADOS DE CONFIANZA, VALOR DE SU DICHO. (s/clave)
- TESTIGOS. ESTIMACION DE LA PRUEBA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis