TRABAJADORES, DESCUENTOS DE LOS SUELDOS DE LOS, POR CANTIDADES PERCIBIDAS INDEBIDAMENTE.
Tratándose de abonos parciales, que se descuentan de los sueldos de los trabajadores, en calidad de devolución de cantidades de dinero, que por exceso de ejecución de un laudo indebidamente obtengan descuentos que sean semanarios, no se infringe el artículo 34 de la Ley Federal del Trabajo, por no tratarse de adeudos que los trabajadores hubieran contraído con el patrono, mediante el consentimiento de éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808305-8c76db57/trabajadores-descuentos-de-los-sueldos-de-los-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3500/42. Rivera González Luis. 9 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
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